SegΓΊn el Acuerdo Ministerial 1257; ArtΓculo 257, todo establecimiento que tenga mΓ‘s de doscientos metros cuadrados (200 m2), debe contar con un PLAN DE AUTO PROTECCIΓN, mapa de riesgos, recursos y evacuaciΓ³n en caso de incendios, bajo la responsabilidad del representante legal con la constataciΓ³n del Cuerpo de Bomberos de la jurisdicciΓ³n.
De igual manera se establece en el Acuerdo Ministerial MDT-2024-196; ArtΓculo 4. Obligaciones del empleador. Son obligaciones del empleador en materia de seguridad y salud en el trabajo las siguientes:
8. Elaborar y ejecutar planes de emergencia y contingencia frente amenazas naturales y riesgos antrΓ³picos en los lugares y/o centro de trabajo, ademΓ‘s de la ejecuciΓ³n de simulacros de actuaciΓ³n cuya periodicidad serΓ‘ por lo menos una vez al aΓ±o, sin perjuicio de lo dispuesto por la autoridad competente en materia de gestiΓ³n de riesgos.
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